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La Ley Orgánica 5/2010

Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas

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Código Penal

La eficacia de los planes de compliance

El compliance es un término que nace debido la necesidad de someter a los administradores de las sociedades a un control y verificación del cumplimiento de las normativas, puesto que dichas normativas en ocasiones resultan complejas de entender y acatar. Circular 1/2016, sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas conforme a la reforma del código penal efectuada por Ley Orgánica 1/2015, en la que se imparten instrucciones a los fiscales para valorar la eficacia de los planes de “compliance” o de cumplimiento normativo en las empresas (modelos de organización y control).

La Ley Orgánica 5/2010 introdujo en el Código Penal (art.31 bis)

La responsabilidad penal de las personas jurídicas. El citado artículo fue modificado, a partir del 1 de julio de 2015, por la LO 1/2015 con la finalidad de aclarar este régimen y delimitar adecuadamente el contenido del «debido control», cuyo quebrantamiento permite fundamentar la responsabilidad penal.

  • Art.33.7 (penas aplicables a las personas jurídicas).
  • Art.50.3 y 4 (extensión y cuota diaria de la pena de multa).
  • Art.53.5 (posibilidad de pago fraccionado).
  • Art.52.4 (multas sustitutivas de la multa proporcional, cuando no sea posible el cálculo de esta).
  • Art.66 bis (determinación de la pena aplicable), cuyo regla 2ª ha sido modificada por LO 1/2015.
  • Art.116.3 (responsabilidad civil).
  • Art.130.2 (supuestos de transformación y fusión de sociedades).

Posteriormente, la Fiscalía General del Estado ha publicado la Circular 1/2016, sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas conforme a la reforma del código penal efectuada por Ley Orgánica 1/2015, en la que se imparten instrucciones a los fiscales para valorar la eficacia de los planes de “compliance” o de cumplimiento normativo en las empresas (modelos de organización y control), que tras la reforma se configuran como una eximente de la responsabilidad penal de las personas jurídicas, cuando se cumplan determinadas condiciones.

La Ley establece una especialidad para las personas jurídicas de pequeñas dimensiones, en el sentido de que las funciones del oficial de cumplimiento normativo las desempeñe directamente el órgano de administración.

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